El presidente Donald Trump ordenó el 19 de enero el aplazamiento por 18 meses de la expulsión de cualquier venezolano que se encuentre en Estados Unidos desde el 20 de enero de 2021.
Trump emitió un memorando dirigido al secretario de Estado y al secretario de Seguridad Nacional en el que les ordenó tomar las medidas oportunas para diferir por 18 meses la expulsión de cualquier nacional de Venezuela, o extranjero sin nacionalidad que haya residido habitualmente en Venezuela por última vez, que se encuentre presente en los Estados Unidos al 20 de enero de 2021
.
Autorización de empleo
El memorando fue publicado en el sitio web de la Casa Blanca en medio de una serie de medidas tomadas por el mandatario en vísperas del fin de su mandato y prevé que los beneficiarios sean empleados.
Ordeno al Secretario de Seguridad Nacional que tome las medidas apropiadas para autorizar el empleo de los extranjeros cuya expulsión se haya aplazado, según lo dispuesto en este memorando, mientras dure dicho aplazamiento
, expuso Trump.
¿Quiénes no aplican?
La medida no será aplicable para los extranjeros que:
- Regresen voluntariamente a Venezuela o al país en el que se residenció la última vez.
- No han residido continuamente en los Estados Unidos desde el 20 de enero de 2021.
- Hayan sido condenados por cualquier delito mayor o 2 o más delitos menores cometidos en los Estados Unidos.
- Fueron deportados, excluidos o removidos antes del 20 de enero de 2021.
- Están sujetos a extradición.
- Su presencia en Estados Unidos representa un peligro para la seguridad pública, según lo crea el Secretario de Seguridad Nacional.
- Su presencia en Estados Unidos no es de interés para el país, según lo determine el Secretario de Seguridad Nacional.
- Su presencia en Estados Unidos represente consecuencias adversas y graves de política exterior para el país.
Tampoco aplica a extranjeros inadmisibles o removibles de acuerdo las siguientes secciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA):
- 212 (a) (3).
- 208 (b) (2) (A).
- 237 (a) (4).