Si usted incumple el pago del financiamiento (leasing
) de su vehículo, recuerde que no todo está perdido pues hay leyes que protegen al consumidor e –incluso- le permiten recuperar el auto embargado.
En tal sentido, la Comisión Federal de Comercio (FTC, en inglés) advierte en su portal sobre los derechos y prerrogativas que asisten a los consumidores cuando afrontan un embargo vehicular.
La FTC advierte que muchos estados han modificados sus leyes en la materia para brindar mayor protección a los consumidores.
La FTC señala algunos procedimientos y actuaciones a favor de los afectados por un embargo. Entre ellas destacan las siguientes:
1. Llegue a un acuerdo
Antes de incurrir en el impago de sus cuotas, dialogue con su acreedor y negocie con él un acuerdo de pago, el cual debe ser por escrito y firmado por ambas partes.
2. Derecho a la defensa
Aun cuando usted no haya cumplido con su obligación de pago, usted no está desamparado y le asiste el derecho a la defensa.
3. Límites del embargo
Llegado el momento del embargo, tome en cuenta que su acreedor tiene límites legales, y uno de ellos es que no puede alterar el orden público
en el procedimiento, de lo contrario el embargado puede exigir pago de multa o compensaciones contra el acreedor.
4. Cuestiones sobre la reventa
La reventa de vehículos recuperados debe hacerse en términos comercialmente razonables, de lo contrario el acreedor puede ser objeto de demanda por parte de su antiguo propietario.
5. Objetos personales están protegidos
Los objetos de valor de su propiedad que estén en el auto al momento del embargo, están protegidos por disposiciones legales que varían de un estado a otro pero que le permiten demandar a su acreedor si no las respeta.
Antes de proceder a intentar recuperar su vehículo, consulte el marco legal de su estado y localidad o acuda a asesoría legal especializada.