En un esfuerzo continuo por proporcionar vías legales de inmigración y reducir la migración irregular, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) anunció un nuevo proceso de permiso de reunificación familiar para determinados nacionales de Ecuador. Personas de Colombia, Cuba, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, Nicaragua y Venezuela, ya se benefician de medidas similares.
Con esta aprobación, la administración Biden-Harris sigue expandiendo los esfuerzos que permitan cumplir con los objetivos de la Declaración de Los Ángeles sobre Migración y Protección de reforzar los esfuerzos nacionales, regionales y hemisféricos para crear las condiciones para una migración segura, ordenada, humana y regular.
Un proceso que fomenta la unidad familiar, ¿quiénes pueden aplicar?
La reunificación familiar está disponible para ciertos nacionales ecuatorianos cuyos familiares son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales que han obtenido la aprobación para reunirse con sus seres queridos en Estados Unidos.
Bajo este programa, los nacionales ecuatorianos y sus familiares inmediatos pueden ser considerados para un permiso humanitario por un período máximo de tres años mientras esperan la oportunidad de solicitar la residencia permanente legal. Este enfoque tiene como objetivo promover la unidad familiar de acuerdo con las leyes y valores estadounidenses.
Es importante destacar que el Permiso Humanitario de Reunificación Familiar otorga una autorización de permanencia temporal caso por caso con carácter temporal, basada en razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo, y sujeto al ejercicio de la discreción.
¿Cuáles son los requisitos y proceso de solicitud de reunificación familiar para Ecuador?
Los nacionales de Ecuador que son beneficiarios de un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, aprobado, pueden ser elegibles para este permiso humanitario. Para calificar, los beneficiarios deben estar fuera de Estados Unidos, cumplir con los siguientes requisitos:
- verificaciones de antecedentes,
- revisión de condiciones médicas
- y no haber recibido una visa de inmigrante.
El proceso de Permiso Humanitario de Reunificación Familiar comienza con una invitación del Departamento de Estado al familiar ciudadano estadounidense o residente permanente legal que ha presentado la petición en nombre del beneficiario ecuatoriano. A partir de allí, el peticionario invitado puede gestionar una solicitud en nombre del beneficiario y de los familiares elegibles para ser considerados para la autorización anticipada de viaje y el permiso humanitario.
Este proceso incluye a ciertos hijos y hermanos de ciudadanos estadounidenses, así como a cónyuges e hijos de residentes permanentes legales.
Se espera que en los próximos días se publique en el Registro Federal información detallada sobre el proceso de solicitud y los criterios de elegibilidad, brindando a los nacionales ecuatorianos y sus familiares una oportunidad para reunirse de manera legal y segura en suelo estadounidense.