Raleigh- Los poderes de representación no son válidos para ceder la custodia de un menor de edad, en caso de que uno o ambos padres estén pasando por una emergencia, como un proceso de deportación, alertaron abogados.
“La custodia solo la otorga la corte”, dijo a La Noticia, Claudia Hurtado, abogada de familia. “Hay que tener cuidado con esto porque este tipo de documentos no sirven en esta situación. Hay poderes para manejar los asuntos financieros o el cuidado médico, pero en el caso de los niños, el estado toma muy en serio este asunto”, apuntó.
Cuidado con los notarios
El Centro de Justicia de Carolina del Norte lanzó el 31 de mayo un aviso comunitario que para alertar a la comunidad inmigrante acerca de la importancia de buscar un abogado para la realización de los “poderes notariales”, “poderes de abogado”, “poderes de representación” o “cartas poder”, como son conocidos comúnmente.
“Estos documentos otorgan a una persona el poder de actuar en su nombre. Son documentos súper importantes para proteger a su familia si usted es deportado o está en proceso de serlo”, mencionó a este medio, Kate Woomer Deters, abogada del Centro de Justicia de Carolina del Norte. “No es algo que pueda hacer un notario”, mencionó.
Woomer Deters dijo que la alerta fue emitida luego de que ver algunos poderes elaborados por notarios públicos. “Lo que vimos es que son vagos, mal escritos, no tienen un lenguaje detallado y no cumplen con la ley estatal. También vimos poderes donde el padre supuestamente cede la custodia de su hijo a un familiar, pero eso no es posible hacerlo a través de este documento”, anotó.
Custodia de un niño
La abogada Hurtado mencionó que lo que un padre sí puede hacer es firmar un acuerdo de custodia en la corte, sin embargo, es algo que tampoco se puede elaborar con anticipación, sino en el momento en que sea necesario. “Igualmente los padres pueden dejar por escrito su deseo de que un hermano, por ejemplo, tenga la custodia de sus hijos, sin embargo, esto no quiere decir que el juez lo determine así, porque miran muchos aspectos como la economía familiar, la estabilidad laboral, entre otras cosas”.
Sobre el proceso de ceder la custodia de un menor, Hurtado indicó que si bien es algo que se puede hacer de manera personal en la corte de familia en el condado en el que reside, la recomendación es contar con un abogado porque al ceder la custodia se pierden todos los derechos legales sobre el menor y posteriormente es un proceso difícil de eliminar. “Esto es un proceso delicado”, anotó.
Encuentre ayuda
Por otro lado, Woomer Deters mencionó que a la hora de realizar un poder de representación la recomendación es buscar un abogado de familia o que elabore testamentos o lleve casos civiles. Pude encontrar estos abogados en la página de Internet de la Barra de Abogados de Carolina del Norte: www.ncbar.gov
Igualmente puede contactar a North Carolina Advocates for Justices en Raleigh www.ncaj.com o llamando al teléfono 919-832-1413. Esta es una organización de ayuda legal, donde hay una red de abogados voluntarios que ejercen en todo el estado.